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La ley 20.845 de Inclusión Escolar, da respuesta a al menos 3 ejes puntuales de acción.

1)      Fin al lucro por parte de las entidades sostenedoras de colegios particulares subvencionados, traspasando la administración de estos a corporaciones educacionales.

2)      Eliminación de los procesos de selección arbitraria de alumnos por parte de establecimiento educacionales, resguardando el acceso a educación de cualquier alumno.

3)      Término de cobros adicionales o adicionales o copago en los establecimientos subvencionados, aumentando el aporte estatal por cada alumno matriculado.

Esta ley, conlleva un desafío para los padres y apoderados de los alumnos perteneciente al sistema educativo. Esto implica un cambio de rol, ya que se espera que los padres y apoderados sean participantes activos en la educación de sus hijos, manteniéndose informados para tomar decisiones.

Las instancias para dicha participación deben estar presentes en los establecimientos, estas son: Consejo Escolar, Centros de Padres y Apoderados, Directivas de los cursos y el conocimiento e interacción con los diferentes protocolos y el Reglamento de Convivencia Escolar.

Para mayor información puede leer la ley en el siguiente link:

 http://www.comunidadescolar.cl/marco_legal/Normativas/Ley%20de%20Inclusion%20Escolar.pdf

 

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Directora: María Soledad Salas M.
Dirección: Astorga N° 8, Rancagua
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